Micelio
Auto5 de febrero de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Municipio De Soledad (Atlantico)

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Solicitud De Cumplimiento Sentencia De La Corte Constitucional
  • No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la sentencia T-444/13.

La Sala de Revisión decidió NO ACCEDER a la petición formulada y, en su lugar, aclarar que la competencia para determinar el acatamiento de esa decisión se encuentra radicada en el Juzgado Cuarto Administrativo de Barranquilla, quien deberá expedir las órdenes que considere necesarias para que, sin más demora, se retrotraiga la actuación adelantada con motivo del proceso de reestructuración de pasivos del municipio de Soledad (Atlántico), de manera que el Promotor del Acuerdo de Reestructuración y la Superintendencia de Sociedades, a partir de la valoración razonada del informe presentado por la Contraloría General de la República, determinen las acreencias y los derechos de voto de manera certera, garantizando los derechos de las partes y permitiendo que se generen las objeciones a que hubiere lugar por parte de cualquiera de ellas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. NO ACCEDER a la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-444 de 2013, elevada por el apoderado del municipio de Soledad (Atlantico). En su lugar, aclarar que la competencia para determinar el acatamiento de esa decision se encuentra radicada en el Juzgado
  2. Cuarto. Administrativo del Circuito de Barranquilla, quien debera expedir las ordenes que considere necesarias para que sin mas demora, se retrotraiga la actuacion adelantada con motivo del proceso de reestructuracion de pasivos del municipio de Soledad de manera que el Promotor del Acuerdo de Reestructuracion y la Superintendencia de Sociedades, a partir de la valoracion razonada del informe presentado por la Contraloria General de la Republica, determinen las acreencias y los derechos de voto de manera certera, garantizando los derechos de las partes y permitiendo que se generen las objeciones a que hubiere lugar por parte de cualquiera de ellas.
  3. SEGUNDO. Remitir los documentos allegados a esta Sala, asi como sus anexos, al Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo del Circuito de Barranquilla.
  5. TERCERO. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional a notificar la presente decision al solicitante, al representante legal de la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A., E.S.P, a la Subdireccion de Apoyo al Saneamiento Fiscal Territorial del Ministerio de Hacienda, a la Gerencia Departamental del Atlantico de la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia Delegada para los Procedimientos de Insolvencia de la Superintendencia de Sociedades.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.